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martes, septiembre 15, 2026

Las antiguas ordenanzas del Salvador del Mundo de Calzada de Calatrava

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Todo comenzó cuando, consultando el Portal de Archivos Españoles (PARES), encontré una simple referencia al número de cofradías existentes en Calzada de Calatrava durante el siglo XVIII. Eran siete. Nada más. Sólo una cifra perdida entre cientos de documentos. Con el paso del tiempo, aquella cifra terminó convirtiéndose en nombres, celebraciones e historias concretas. Durante una consulta en el Archivo Histórico Provincial de Ciudad Real pude comprobar que estaban digitalizados los folios donde se identificaban aquellas cofradías, acompañados de una breve descripción de cada una de ellas.

Se trataba de un informe remitido por el Ayuntamiento de Calzada de Calatrava en 1771, dentro de la documentación elaborada para el conde de Aranda. En él se indicaba la existencia de siete corporaciones religiosas con aprobación eclesiástica: Jesús de Nazareno, la Vera Cruz, el Cristo del Salvador del Mundo, la Hermandad Antigua de Ánimas, la Hermandad Nueva de Ánimas, Nuestra Señora de los Remedios y el Santísimo Cristo del Sagrario. De cada una de ellas se aportaban datos sobre sus cultos, procesiones y actividades asistenciales, reflejando la intensa vida religiosa de la villa.

Precisamente estos días, del 17 al 21 de septiembre, la Hermandad del Santísimo Cristo Salvador del Mundo celebra diversos actos religiosos y festivos en Calzada de Calatrava. Entre ellos destacan el espectáculo piromusical «Invicto» y la solemne procesión en honor al patrón de la localidad. De todas las cofradías citadas en el documento de 1771, ésta es, sin duda, la que ha alcanzado una mayor relevancia y continuidad hasta nuestros días. Por ello, este artículo quiere detenerse especialmente en su historia y en las ordenanzas que regularon su funcionamiento a mediados del siglo XVIII.

Ordenanza primera: La hermandad, en su naturaleza divina, será abierta y no cerrada o limitada. Todos los hermanos, que debemos ser más de cien, nos congregaremos para celebrar una misa cantada el do­mingo de la infraoctava de la Exaltación de la Cruz. Esta misa será por la erradicación de las herejías, la victoria contra los infieles y cismáti­cos, y por los hermanos vivos y difuntos de la hermandad. El día ante­rior, la misma congregación se reunirá para celebrar las vísperas. Aquel que falte a estas funciones sagradas, sin causa justificada, ofre­cerá de limosna media libra de cera. El mayordomo más reciente por­tará el estandarte y los más antiguos llevarán los tres cetros.

Ordenanza segunda: Para entrar en la hermandad, cada cofrade ofrecerá una limosna de seis reales de vellón. Cuando un hermano fa­llezca, su plaza podrá ser heredada por su hijo, nieto o yerno. En caso de no tener heredero, la hermandad tendrá la facultad de disponer de la plaza, otorgándola a la persona que considere más honorable, dando prioridad al personal eclesiástico. Los herederos deben solicitar la plaza dentro de un mes, tiempo durante el cual la hermandad no podrá disponer de ella a su albedrío.

Ordenanza tercera: Al día siguiente del domingo infraoctavo, todos los hermanos nos reuniremos para elegir nuevos cargos en la casa del mayordomo más anciano. La elección se realizará por sorteo, introdu­ciendo cédulas con todos los nombres de los cofrades. Se excluirán a aquellos que han ocupado un oficio, quienes no participarán en el sor­teo mientras existan hermanos que aún no lo hayan desempeñado. En dicha casa, donde estarán todas las insignias, nos reuniremos para ir juntos a celebrar las vísperas y la misa cantada que se indican en la primera ordenanza, y que será en memoria de los hermanos y herma­nas fallecidos y por el mismo fin que se advierte en dicha ordenanza. Se deberá cantar un responso por los hermanos difuntos y, quien no asista, ofrecerá como penitencia media libra de cera.

Ordenanza cuarta: Al mayordomo de mayor antigüedad se le en­tregarán todos los bienes y limosnas que den a la hermandad, que cus­todiará en un arca con dos llaves: una la tendrá el cura párroco de la villa, o en su defecto un teniente eclesiástico de san Pedro, y la otra el mencionado mayordomo. Éste llevará la cuenta y razón de las limos­nas que los fieles ofrecen al Santuario, para informar sobre las mismas en el día señalado en la siguiente ordenanza.

Ordenanza quinta: Las cuentas de los bienes se han de tomar al ma­yordomo depositario, tras la celebración de la fiesta anual y la elección de los nuevos cargos, y serán revisadas por el cura rector, los tres ma­yordomos más ancianos y los hermanos que deseen asistir a esta revi­sión.

Ordenanza sexta: Serán elegidos, por sorteo, diecinueve cofrades. Doce de ellos asistirán con su hacha de cera, de las que posee la her­mandad para los entierros de los hermanos difuntos; seis llevarán el cuerpo de Cristo y otro el estandarte. Además, se nombrará a uno como despertador, para que avise a los diecinueve a que asistan al entierro del hermano que fallezca, y quien falte ofrecerá una penitencia de me­dia libra de cera. El número de misas será de veinticuatro, doce apli­cándolas por el hermano y las otras doce por el ánima de su mujer, que gozará de la mitad de toda la cera que se lleve a los entierros de los cofrades, con la asistencia de insignias y enterradores. Si al morir el hermano, sus hijos e hijas estuviesen bajo la patria potestad y solteros, gozarán en sus entierros de la cuarta parte de dicha cera. Se llevará un cuadrante, para decir las misas por el hermano o hermana difuntos, comenzado a oficiarse al día siguiente de su entierro. Las dirán curas que tengan la hermandad y, si no los hubiese, serán celebradas por los sacerdotes de la villa, a quienes se les pagará su estipendio.

Ordenanza séptima: Los tres mayordomos, subsiguientes al más anciano, saldrán a pedir limosna por las calles de la villa los domingos y las fiestas de guardar, al caer la noche y acompañando al sacerdote que sea hermano de la cofradía. En caso de no haber tal, los tres ma­yordomos asumirán esta tarea. La pedirán con una campanilla y dos linternas [muy probablemente sea el origen del actual pecado mortal], proclamando en voz alta «¿hay quien dé limosna para decir mi­sas y hacer bien por los que están en pecado mortal, por amor de Dios?». El dinero recogido se distribuirá durante la misa, por el sacerdote que la solicita, en la ermita del Santísimo Cristo Salvador del Mundo. Si no hubiera un clérigo hermano que las celebre, los tres mayordomos en­cargados de la petición las distribuirán a su criterio, abonando un esti­pendio por cada una. Al cura hermano pedidor se le darán cuatro reales por el trabajo realizado, y si no es hermano se le pagará 2,5 reales por misa, teniendo la obligación de celebrarlas en la ermita. Los tres mayordomos recogerán los recibos de pago para rendir cuentas a la hermandad el día que se hagan las cuentas, ante el mayordomo depo­sitario. Se nombra pedidor de la limosna a Francisco Javier Sánchez de Santa Cruz, presbítero y hermano fundador de esta hermandad, mien­tras sea hermano.

Ordenanza octava: Mandamos que cuando los cuatro mayordo­mos, y hasta un máximo de ocho hermanos, estén reunidos para que de manera unánime y conforme asistan con el fin de decretar alguna cosa por el bien y utilidad de esta hermandad, se ha de notificar al cura rector de la parroquia. El decreto que así se haga ha de pasar como si toda la hermandad junta lo hubiera decretado, excepto el día de las elecciones de los cargos. En este caso han de concurrir todos los her­manos.

Ordenanza novena: El día de la fiesta principal ha de haber oferto­rio, donde cada cofrade y mayordomo deberá aportar 4 reales. El her­mano que, sin tener un impedimento legítimo, no acuda será multado con una libra de cera para beneficio de la hermandad.

Ordenanza décima: El capellán de la cofradía será el cura propio, o en su defecto el teniente de san Pedro, nombrado para que, en cuales­quiera cuentas que se tomen y deban dar los depositarios, asistan a ellas. También irá a las elecciones de los cargos y otros actos. Se prefe­rirá como capellán al sacerdote con más antigüedad de la hermandad. Cuando haya caudales suficientes, se ha de hacer un descendimiento, con función y entierro el Viernes Santo por la tarde, para que cause la mayor compunción no sólo en la hermandad, sino a los habitantes de esta villa de la Calzada, por no haberlo en ella y ser de gran provecho para las almas. Y las imágenes que hubiese para este fin han de perma­necer en la ermita del Salvador del Mundo, sin que puedan salir de allí para otro efecto.

Aquella simple cifra hallada hace algún tiempo en el portal PARES escondía una historia mucho más rica de lo que podía imaginarse. Tras ella aparecieron nombres, ceremonias, oficios, entierros, limosnas, mayordomos y costumbres que nos permiten asomarnos a la Calzada de Calatrava de hace más de dos siglos y medio. Las ordenanzas de la Hermandad del Salvador del Mundo no son únicamente un conjunto de normas; constituyen el reflejo de una forma de entender la religión, la convivencia y la ayuda mutua. Gracias a ellas podemos seguir reconstruyendo pequeñas piezas del pasado de nuestro pueblo, un pasado que, en muchos aspectos, sigue estando presente en las celebraciones que la hermandad mantiene vivas en la actualidad.

Corpus Ruiz Fernández

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