Un joven de Bolaños de Calatrava ha reconocido ante la Audiencia Provincial de Ciudad Real haber cometido actos de carácter sexual contra su sobrino, que tenía nueve años en el momento de los hechos, y ha aceptado una condena de dos años de prisión. La pena queda inicialmente suspendida al carecer de antecedentes y no superar los dos años.
La sentencia de conformidad, alcanzada entre la Fiscalía y la defensa, reduce la petición inicial de cinco años y seis meses de cárcel por un delito continuado de exhibicionismo y otro de agresión sexual a un menor de 16 años.
Reconoce los hechos ante la Audiencia Provincial
La vista se ha celebrado este miércoles a puerta cerrada ante la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Ciudad Real, en atención a la naturaleza de los hechos y a la condición de menor de la víctima.
Durante la comparecencia, el acusado ha reconocido los hechos y ha aceptado las penas acordadas entre la Fiscalía y su defensa.
La condena queda fijada en un año y tres meses de prisión por el delito de agresión sexual y otros nueve meses por el delito de exhibicionismo, lo que eleva la pena total a dos años de prisión.
El acuerdo de conformidad ha permitido reducir de forma sustancial la petición inicial del Ministerio Fiscal, que solicitaba cinco años y seis meses de cárcel.
Los hechos ocurrieron en 2024
Los hechos se remontan a 2024, cuando el acusado convivía en el domicilio familiar junto a su madre, dos hermanas y el hijo de una de ellas, un niño que entonces tenía nueve años.
Según el escrito de acusación y los hechos reconocidos por el procesado durante la vista, el joven se habría aprovechado de la corta edad del menor y de la convivencia familiar para protagonizar diferentes episodios de naturaleza sexual.
Entre los hechos reconocidos figura que mostró sus genitales al menor en tres ocasiones. También admitió haber realizado tocamientos de carácter sexual y haber pedido al niño que le tocara por encima de la ropa.
El escrito de acusación recogía asimismo otro episodio ocurrido en el baño de la vivienda familiar.
La Fiscalía había considerado inicialmente que los hechos constituían un delito continuado de exhibicionismo y otro de agresión sexual a un menor de 16 años.
La pena de prisión queda suspendida
Pese a la condena de dos años de prisión, el joven no tendrá que ingresar inicialmente en un centro penitenciario.
La razón es que la pena impuesta no supera los dos años y el condenado carece de antecedentes penales, circunstancias por las que se ha acordado la suspensión de la ejecución de la pena de prisión.
La resolución se produce mediante una sentencia de conformidad, después de que el acusado aceptara expresamente los hechos y las penas pactadas entre las partes.

