El Juzgado número 3 de lo Penal de Ciudad Real ha absuelto a un joven de un delito contra los sentimientos religiosos, por utilizar la imagen del Cristo de la Consolación de Torralba de Calatrava en unos memes y difundirlo a través de instagram. El presidente de la hermandad torralbeña fue el que interpuso esa denuncia por la que se pedía para el joven una multa de 2.400 euros.
Almagro Noticias.- El Juzgado número 3 de lo Penal de Ciudad Real ha absuelto a un joven ciudadrealeño, de 24 años de edad, de un delito contra los sentimientos religiosos después de que publicara dos memes en su cuenta privada de Instagram en los que, bajo una fotografía con el rostro del Cristo del Consuelo de Torralba de Calatrava se podía leer: “la cara que te queda cuando a las 22.00 horas de la noche te dicen que mañana trabajas” o “cuando te la chupan”.
Según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, el joven hizo este montaje en marzo de 2017 con el único objetivo de compartir una broma con sus amigos –puesto que la cuenta tenía 600 seguidores pero estaba cerrada al resto de usuarios de la red social–, aunque alguien hizo una captura de los ‘memes’ y se la hizo llegar a varios miembros de la hermandad, incluido el presidente, que fue quien interpuso la demanda por la que se pedía para el joven una multa de 2.400 euros.
Sin embargo, la sentencia –contra la que aún cabe recurso– ha dictado la libre absolución del ciudadrealeño por entender que la intencionalidad del acusado no iba más allá de “una burla burda e innecesaria” pero en la que no puede apreciarse “en ningún caso” una voluntad por parte del autor de ofender a los sentimientos religiosos
–condición para considerar este tipo delictivo– y por tanto quedaba excluida cualquier responsabilidad penal.
El joven ha explicado, en declaraciones a Europa Press, que en ningún momento tuvo la intención de ofender a nadie y por eso, además, no compartió los ‘memes’ a través de una cuenta pública sino de una privada en la que solo se encontraban amigos y conocidos y a la que nadie podía acceder libremente salvo que le solicitaran amistad.
“Sigue siendo triste que en España haya que defenderse en un juzgado de acusaciones de este tipo por el mero hecho de hacer humor. Yo en este caso usé una imagen de Cristo, como podía haber utilizado a cualquier otro personaje de la vida pública”, apunta el joven que prefiere mantener el anonimato.
Asimismo, en sus primeras declaraciones tras conocer la sentencia, este ciudadrealeño se ha mostrado satisfecho del resultado y se considera afortunado porque, recuerda, “en los tiempos que corren, donde se condenan a raperos por sus letras o actores como Willy Toledo, por mostrar su apoyo a diferentes colectivos, es una suerte que se nos haya absuelto. Espero y deseo que de aquí en adelante siga esta tendencia este tipo de delitos que deberían de estar retirados del Código Penal”.
Libertad de expresión
Por su parte los letrados de la defensa, Lidia Ruiz y Jorge Fernández de Egalia Abogados, se han mostrado también satisfechos con la sentencia y consideran que es un ejemplo de que la sociedad está pidiendo un debate sobre la reforma del código penal para despenalizar este tipo de cuestiones, ya que en la práctica el tipo penal de ofensa a los sentimientos religiosos actúa como un delito de blasfemia.
“No dejan de proliferar denuncias de quienes tienen poca tolerancia hacia las opiniones libres de los demás, y es preocupante que la Fiscalía, lejos de garantizar los derechos fundamentales de los ciudadanos, actúe en muchos casos como acusación ante conductas que no deberían perseguirse penalmente”. “No hay que olvidar que está en juego el derecho a la libertad de expresión”.