El Ayuntamiento de Bolaños de Calatrava abre una convocatoria extraordinaria en régimen de concurrencia competitiva para apoyar a las Cofradías y Hermandades de Pasión del municipio, con ayudas destinadas a inversiones, patrimonio y gastos de funcionamiento. Convocatoria Hermandades 2026
El Ayuntamiento de Bolaños de Calatrava ha establecido una convocatoria extraordinaria de 15.000 euros destinada a las Cofradías y Hermandades de Pasión del municipio para financiar inversiones y gastos propios de funcionamiento durante 2026. Las ayudas se concederán mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, de acuerdo con las bases aprobadas para esta convocatoria.
La iniciativa pretende contribuir al mantenimiento y renovación del patrimonio cultural, los bienes inmuebles, las actividades y el funcionamiento de estas entidades, consideradas por el Consistorio uno de los principales referentes culturales y tradicionales de Bolaños de Calatrava, especialmente por su vinculación con la Semana Santa, declarada Fiesta de Interés Turístico Nacional, y con la Ruta de la Pasión Calatrava.
La convocatoria contempla ayudas para las Cofradías y Hermandades de Pasión radicadas en Bolaños de Calatrava, siempre que estén legalmente constituidas y figuren inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones. Quedan excluidas aquellas entidades que no cumplan los requisitos establecidos en la normativa municipal de subvenciones o en la Ley General de Subvenciones.
Además, las bases establecen un criterio de carácter preferente para las solicitudes de aquellas cofradías o hermandades que no hayan recibido subvenciones municipales para gastos de inversión o extraordinarios durante los últimos cuatro ejercicios presupuestarios.
Ayudas para inversiones y funcionamiento
Los gastos que podrán acogerse a la convocatoria son aquellos realizados entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2026. Tanto las inversiones como los gastos de funcionamiento deberán guardar una relación directa con el objeto social de la entidad y carecer de ánimo de lucro.
La dotación económica prevista asciende a 15.000 euros, consignados en la partida presupuestaria 9240 7801 del Presupuesto General prorrogado del Ayuntamiento para 2026.
Diez días hábiles para presentar las solicitudes
Las entidades interesadas deberán presentar la solicitud obligatoriamente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Bolaños de Calatrava, mediante el apartado correspondiente al registro telemático de convocatorias de subvenciones y actividades para asociaciones u otras entidades.
El acceso deberá realizarse mediante certificado electrónico o Cl@ve permanente. La documentación exigida incluye el proyecto de la actividad o inversión, un presupuesto detallado de ingresos y gastos, el calendario de ejecución y el número de beneficiarios previstos, además de las declaraciones y certificados establecidos en las bases.
El plazo para presentar las solicitudes será de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la web municipal.
En caso de que la solicitud presente defectos o falte documentación, los servicios técnicos municipales podrán requerir su subsanación durante un plazo de 10 días.
La incidencia cultural y social tendrá un peso relevante
La concesión de las ayudas se realizará atendiendo a un conjunto de criterios de valoración. Entre ellos figura el volumen de ayudas recibidas del Ayuntamiento de Bolaños durante los últimos cinco años, con una valoración de hasta 50 puntos.
También se tendrá en cuenta la incidencia cultural o social de la inversión, la estabilidad e implantación de la asociación, el volumen de la inversión proyectada, la aportación económica de la propia entidad, las actividades desarrolladas durante el año, las ayudas recibidas de otras administraciones y el grado de coordinación con la programación municipal.
La valoración corresponderá a una Comisión de Valoración integrada por el Concejal de Cultura del Ayuntamiento, o el concejal en quien delegue, y tres técnicos municipales. Una vez baremadas las solicitudes, la comisión elevará su propuesta al Alcalde-Presidente, que será quien adopte la resolución correspondiente.
La subvención deberá justificarse antes del 31 de enero de 2027
El pago de las ayudas estará condicionado a la acreditación de la realización de las actividades o inversiones subvencionadas. Para ello, las entidades beneficiarias deberán presentar una memoria de las actuaciones realizadas, documentación sobre otros ingresos o subvenciones y una relación detallada de los gastos efectuados.
Las bases también establecen la obligación de aportar las facturas y documentos de valor probatorio equivalente, junto con la acreditación del pago correspondiente. En función de la forma de pago, deberán presentarse los justificantes previstos para operaciones en efectivo, transferencias bancarias o cheques.
Toda la documentación justificativa deberá presentarse antes del 31 de enero de 2027. El incumplimiento del plazo o la insuficiencia de la justificación podrá provocar la revocación total o parcial de la subvención, de acuerdo con las condiciones establecidas en la convocatoria.
Entre las obligaciones de las entidades beneficiarias figura además la obligación de comunicar cualquier otra subvención, ayuda o ingreso destinado a financiar las actividades subvencionadas y conservar la documentación justificativa mientras pueda ser objeto de comprobación y control.
El Ayuntamiento de Bolaños de Calatrava deberá aparecer igualmente como entidad patrocinadora en los soportes publicitarios relacionados con las actividades subvencionadas. Cuando se elaboren folletos, inscripciones u otros materiales similares, las bases establecen que deberá figurar obligatoriamente el logotipo municipal.
La convocatoria permite asimismo solicitar un cambio de finalidad cuando la entidad beneficiaria no pueda ejecutar el proyecto o actividad inicialmente previsto, siempre que la petición esté razonada y no implique un incremento de la subvención concedida.

