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miércoles, marzo 26, 2025

Atención contribuyentes! Calendario y novedades clave de la Campaña de la Renta 2024-2025

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Apenas iniciado el año 2025, los contribuyentes en España ya tienen una cita ineludible con Hacienda: la Campaña de la Declaración de la Renta 2024-2025, que trae consigo cambios significativos y plazos críticos que no admiten demoras. Si bien el ejercicio fiscal corresponde a los ingresos obtenidos en 2024, las fechas de presentación, los nuevos requisitos para parados y beneficiarios de ayudas sociales, y el aumento de umbrales para obligatoriedad marcan esta campaña como una de las más relevantes de los últimos años.

Fechas clave: Desde abril hasta junio de 2025

El calendario oficial de la Agencia Tributaria para la Campaña 2024-2025 ya está definido, con plazos escalonados según el método de declaración:

  1. Presentación Online (Web):
    • Del 2 de abril al 30 de junio de 2025.
    • La opción más rápida y utilizada, disponible desde antes de Semana Santa.
  2. Declaración Telefónica:
    • Del 6 de mayo al 30 de junio de 2025.
    • Requiere cita previa, que podrá solicitarse entre el 29 de abril y el 27 de junio.
  3. Declaración Presencial:
    • Del 2 de junio al 30 de junio de 2025.
    • Solo con cita previa, gestionable entre el 29 de mayo y el 27 de junio.

¡Atención! El plazo final para todos los métodos es el 30 de junio. Incumplirlo podría derivar en sanciones de hasta el 20% de la cuota a pagar.

Novedades de esta campaña

Esta campaña introduce cambios trascendentales:

  1. Parados y Beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital:
    • Las personas en desempleo y los perceptores del Ingreso Mínimo Vital deberán presentar obligatoriamente la declaración para seguir cobrando sus prestaciones. Este requisito busca garantizar la transparencia y actualización de datos en tiempo real.
  2. Trabajadores con múltiples pagadores:
    • Se eleva el umbral para declarar obligatoriamente si se tienen segundos o más pagadores: de 1.500 a 2.500 euros anuales. Esto beneficiará a miles de trabajadores con ingresos secundarios, como becarios o empleos temporales.
  3. Refuerzo de la digitalización:
    • La Agencia Tributaria prioriza la presentación online, incentivando el uso de su plataforma web para agilizar trámites y reducir colapsos en oficinas.

¿Quiénes Deben Declarar Sí o Sí?

Además de los grupos mencionados, la obligatoriedad se aplica para:

  • Autónomos y empresarios.
  • Quienes superen los 22.000 euros anuales de ingresos (o 14.000€ si provienen de un único pagador).
  • Titulares de rendimientos de capital mobiliario (intereses, dividendos) superiores a 1.600 euros.

Cómo prepararse: Pasos para evitar errores

  1. Recopila documentación: Nóminas, gastos deducibles (alquiler, hipoteca, donaciones), y datos de cuentas bancarias.
  2. Consulta el borrador: Disponible desde abril en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
  3. Solicita cita previa con antelación: Las citas para teléfono y presencial suelen agotarse rápido.

Consecuencias de no declarar a tiempo

Hacienda recuerda que no presentar la declaración o hacerla fuera de plazo puede acarrear:

  • Sanciones económicas proporcionales a la cuota impagada.
  • Retrasos en la recepción de devoluciones.
  • Bloqueo de prestaciones sociales en caso de beneficiarios.

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