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miércoles, enero 21, 2026

Bolaños: Tres años y medio de prisión al portero del local de ocio que será puesto en libertad tras haber cumplido ya la pena impuesta

Condenado en firme a tres años y medio de prisión más 250.000 euros en indemnizaciones para la familia de la víctima

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La Audiencia Provincial de Ciudad Real ha condenado a tres años y seis meses de prisión al portero de un establecimiento de ocio nocturno de Bolaños de Calatrava como autor de un delito de homicidio imprudente, en relación con la muerte de un cliente tras una violenta riña ocurrida en julio de 2022 a las puertas de un bar de la localidad.

Además de la pena privativa de libertad, la sentencia impone al acusado una multa por un delito de lesiones dolosas en grado de tentativa y le condena a indemnizar a la hija menor de la víctima, a su madre y a su hermana con un importe global que supera los 250.000 euros, en concepto de responsabilidad civil por los daños personales y morales derivados del fallecimiento.

De forma paralela, la Audiencia ha decretado la puesta en libertad inmediata del condenado, al considerar que la pena impuesta ya se encuentra íntegramente cumplida, dado que el acusado permanecía en prisión provisional desde el 2 de agosto de 2022, superando el tiempo efectivo de condena fijado en sentencia.

Un veredicto unánime del jurado popular

El fallo judicial llega después de que el jurado popular declarara culpable por unanimidad, la pasada semana, al portero del local por homicidio por imprudencia y lesiones dolosas en grado de tentativa, descartando expresamente el delito de homicidio doloso que inicialmente sostenían tanto la Fiscalía como la acusación particular, y por el que se solicitaban penas de entre 14 y 15 años de prisión.

El veredicto fue hecho público el viernes tras una intensa jornada de deliberación del tribunal popular, integrado por seis hombres y tres mujeres, que concluyó que los hechos no encajaban en la tipificación de homicidio intencional.

Cambio radical en las peticiones de condena

Tras conocerse la decisión del jurado, el Ministerio Fiscal anunció una reducción sustancial de su petición de pena, ajustándola al veredicto, y solicitó cuatro años de prisión por el delito de homicidio imprudente. La acusación particular se adhirió íntegramente a esta nueva solicitud.

Por su parte, la defensa reclamó una condena de un año de prisión, subrayando que su cliente había permanecido más de tres años y cinco meses en prisión provisional, un periodo que superaría ampliamente la pena mínima prevista para este tipo penal.

Finalmente, la Audiencia Provincial fijó la condena en tres años y seis meses, junto con la multa y la responsabilidad civil correspondiente.

Los hechos: una madrugada marcada por la violencia

La riña mortal se produjo en la madrugada del 30 al 31 de julio de 2022. Según los hechos probados, sobre las 23.40 horas, la víctima intentó acceder al establecimiento portando una lata de cerveza procedente de otro local, circunstancia que motivó que el portero le denegara la entrada.

Tras un primer altercado, el cliente abandonó el lugar, regresando minutos después armado con una navaja, con la que atacó por sorpresa al portero, causándole un corte en el brazo.

De acuerdo con la acusación, tras este ataque, el portero persiguió al cliente por varias calles próximas, logró desarmarlo y lo golpeó violentamente en la cabeza con un detector de metales, provocándole un traumatismo craneoencefálico severo que derivó en muerte cerebral.

La víctima fue hallada inconsciente y sangrando en la vía pública pocos minutos después. Tras una primera atención en el centro de salud de la localidad, fue trasladada al Hospital General de Ciudad Real, donde se certificó su fallecimiento al mediodía del 31 de julio.

Un caso judicial que marca un antes y un después

Con esta sentencia, se pone fin a uno de los episodios judiciales más impactantes de los últimos años en la provincia de Ciudad Real, caracterizado por una enorme distancia entre las penas inicialmente solicitadas y el desenlace final marcado por el criterio del jurado popular.

El caso ha reabierto el debate social y jurídico sobre los límites de la legítima defensa, el uso de la fuerza en contextos de seguridad privada y el papel de la prisión provisional en procesos penales de larga duración.

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