El Ayuntamiento de Bolaños de Calatrava ha hecho pública la convocatoria para la selección de trabajadores que formarán parte del Plan de Empleo de la Diputación Provincial de Ciudad Real para el año 2025. Esta iniciativa busca ofrecer oportunidades laborales a personas desempleadas, con un enfoque especial en aquellos en situación de vulnerabilidad.
Puestos ofertados y condiciones laborales
En esta ocasión, el Plan de Empleo convoca 8 plazas de peón. Los contratos serán por un periodo de dos meses, a jornada completa, con un salario mensual bruto de 1.381,33 €, incluyendo la parte proporcional de pagas extras.
Requisitos indispensables para los candidatos
Para poder participar en este proceso selectivo, los aspirantes deben cumplir con dos requisitos fundamentales:
- Estar inscrito como desempleado en la Oficina de Empleo de Almagro.
- Presentar la solicitud dentro del plazo establecido en la convocatoria.
Criterios de exclusión: ¿Quiénes no podrán participar?
Es importante tener en cuenta las siguientes exclusiones para este Plan de Empleo:
- Más de un miembro de la misma unidad familiar.
- Aquellos que tengan a otro miembro de la unidad familiar trabajando actualmente en cualquier otro plan o programa de empleo municipal.
- Quienes hayan participado en algún plan o programa de empleo municipal en los últimos 24 meses. No se tendrán en cuenta los periodos de contratación inferiores a dos meses.
Proceso de solicitud y documentación necesaria
El plazo para la presentación de solicitudes es de 10 días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Tablón y la Web Municipal. Las solicitudes se presentarán en la Oficina de Registro del Ayuntamiento, preferentemente por vía telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento (www.bolanosdecalatrava.es – Sede Electrónica – Registro Telemático).
La documentación que se debe adjuntar a la solicitud incluye:
- Solicitud según modelo oficial (Anexo).
- Fotocopia del D.N.I.
- Fotocopia de la tarjeta de demandante de empleo.
- Certificado del Servicio Público de Empleo de periodos en desempleo (o autorización para que el Ayuntamiento lo recabe).
- Certificado del Servicio Público de Empleo relativo al cobro de prestaciones o subsidios por desempleo (o autorización para que el Ayuntamiento lo recabe).
- Informe de Vida Laboral.
- Resolución de discapacidad, en su caso.
- Documentación acreditativa de las circunstancias baremables (hijos, renta familiar, etc.).
Criterios de selección y baremación de candidatos
Las solicitudes presentadas serán baremadas considerando la situación personal, familiar, económica y laboral del solicitante, de acuerdo con los baremos de puntuación que acompañan a la convocatoria. Los Servicios Sociales Municipales y el Centro Municipal de la Mujer podrán proponer candidatos en situación de especial vulnerabilidad social o laboral, o que sean víctimas de violencia de género.
La baremación incluye los siguientes aspectos:
- Tiempo acumulado en el desempleo: 1 punto por mes completo como desempleado a tiempo completo en los últimos 3 años, con un máximo de 36 puntos. Se acredita con Certificado de periodos de inscripción como desempleado.
- Tiempo transcurrido desde la participación en el último Plan o Programa de Empleo: 1 punto por cada mes completo desde el fin del contrato (excluidos los 24 primeros meses), con un máximo de 40 puntos.
- No haber participado nunca en Planes de empleo o programas de formación y empleo: 15 puntos.
- Hijos a cargo menores de 16 años: 20 puntos por cada hijo, con un máximo de 60 puntos.
- Hijos a cargo con discapacidad igual o superior al 33% sin ingresos superiores a 600 €: 30 puntos por cada hijo a cargo con discapacidad. Se acredita con el libro de familia y, en su caso, resolución de discapacidad.
- Miembros de la unidad familiar mayores de 16 años en desempleo (excluido solicitante): 10 puntos por cada miembro en desempleo, con un máximo de 30 puntos. Se acredita con la Tarjeta de Demanda de Empleo de cada miembro.
- Carecer de prestación ni subsidio por desempleo: 50 puntos. Se acredita con certificado de prestaciones de la Oficina de Empleo.
- Estar cobrando subsidio o ayuda de importe inferior a 600 €: 20 puntos. Se acredita con certificado de prestaciones de la Oficina de Empleo.
- Edad:
- Mayor de 45 años: 20 puntos.
- Mayor de 50 años: 30 puntos.
- Mayor de 55 años: 40 puntos. Se acredita con el DNI o NIE.
- Ingresos mensuales de la unidad familiar (renta per cápita):
- De 0 a 100 €: 100 puntos.
- De 101 a 200 €: 80 puntos.
- De 201 a 300 €: 60 puntos.
- De 301 a 400 €: 40 puntos.
- De 401 a 500 €: 20 puntos. Para unidades familiares unipersonales, máximo 60 puntos.
- Préstamos o gastos de alquiler de vivienda habitual:
- Más de 400 €/mes: 30 puntos.
- De 250 a 400 €: 20 puntos.
- Menos de 250 €: 10 puntos.
- Discapacidad igual o superior al 33%: 30 puntos en caso de carecer de pensión; 15 puntos en caso de estar cobrando pensión por discapacidad. Se acredita con resolución de discapacidad.
- Búsqueda activa de empleo (Cursos de la Escuela Municipal de Empleo y Emprendimiento): 1 punto por hora lectiva de curso o taller realizado en los últimos 2 años (máximo 20). Se acredita con el título o certificado de asistencia.
Baremación negativa y desempate
Se valorará con 400 puntos negativos a aquellos candidatos que en su participación en anteriores programas de formación y empleo o planes de empleo municipales hubieran dado lugar a un Informe Técnico Disciplinario motivado por incumplimiento grave de sus deberes laborales. Además, se aplicarán puntos negativos a padres de alumnos en circunstancias de absentismo escolar: -100 puntos en caso de absentismo habitual y -50 puntos en caso de absentismo puntual.
En caso de empate a puntuación, tendrán prioridad las personas con discapacidad y las mujeres, y entre estos colectivos, la persona de mayor edad.
Publicación de listados y reclamaciones
Una vez valoradas las solicitudes, se publicará un listado provisional de admitidos y excluidos junto con la baremación provisional de cada candidato. Los interesados podrán presentar reclamaciones en el plazo de 3 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de los listados. Las reclamaciones o incidencias serán resueltas por la Comisión de Empleo, sin que quepa ulterior recurso en vía administrativa. La presentación de reclamaciones no interrumpirá el proceso selectivo.
Tras la valoración de las reclamaciones, se publicará el listado de candidatos con la puntuación definitiva, que determinará el orden de prelación. Con los candidatos no seleccionados inicialmente, se constituirá una bolsa de trabajo.
Comisión de selección y consideraciones finales
La Comisión encargada de proponer los candidatos estará compuesta por el Presidente y tres vocales, nombrados por el Alcalde-Presidente entre los trabajadores del Ayuntamiento de igual o superior categoría a las plazas convocadas, actuando como Secretario el de la Corporación o funcionario en quien delegue.
Es importante destacar que el desarrollo y ejecución de esta convocatoria está supeditada a las condiciones que se derivan de la Convocatoria y la Resolución de la Excma. Diputación Provincial de Ciudad Real, así como a las directrices que pudieran recibirse por parte de la Diputación. Asimismo, está supeditada a la existencia de crédito presupuestario destinado a tales efectos.
Esta iniciativa representa una valiosa oportunidad para los desempleados de Bolaños de Calatrava y sus alrededores, fomentando la inserción laboral y el desarrollo local en la provincia de Ciudad Real.