Almagro: Bando del Ayuntamiento para regular la celebración de las tradicionales “Hogueras de San Antón”

Almagro El Ayuntamiento emite un Bando para regular la celebración de las Hogueras de San Antón

Almagro Noticias.- El Ayuntamiento de Almagro ha emitido un Bando para la regulación del encendido de las “Hogueras de San Antón” que se celebrarán a partir de este fin de semana en nuestra localidad, dentro de la festividad que se llevará a cabo en honor a San Antonio Abad.

B A N D O :

Teniendo en cuenta la celebración el próximo día 16 de enero de las “hogueras” que, tradicionalmente tienen lugar en esta ciudad, con motivo de la festividad de San Antón, y en consideración a las diversas peticiones que se han planteado en este Ayuntamiento por los particulares interesados, acerca de la posibilidad de encender las hogueras también el sábado, día 14 de enero, y el domingo, día 15 de enero, al formar parte ambas fechas del fin de semana.

Esta Alcaldía, una vez consultada esta circunstancia con los servicios municipales competentes, tiene a bien permitir que quiénes lo deseen puedan llevar a cabo el encendido de hogueras en las fechas antes mencionadas.

No obstante, en el cumplimiento de la preservación debida a las personas y/o las cosas, serán de obligado cumplimiento para todos aquellos que prendan hogueras las siguientes normas:

– No se realizarán hogueras en aquellas vías en las que, con motivo de éstas, sea preciso cortar el tráfico de circulación de vehículos.

– El prendido de las hogueras se podrá llevar a cabo, en su caso, a partir de las 18 horas.

– Previo al encendido de las hogueras, deberán extender bajo las mismas una capa de arena, al objeto de no dañar el pavimento o calzada (10 cm. mínimo).

– Las hogueras quedarán completamente extinguidas.

– La vía pública deberá estar totalmente limpia y libre de obstáculos, una vez concluídas.

– Los fuegos se prenderán en lugares que no estén próximos a viviendas ni a objetos e instalaciones de especial riesgo, a fin de evitar daños personales y materiales.

– La altura de las llamas no sobrepasará los límites de lo que pueda suponer el control sobre las mismas; recomendándose, para ello, que la leña se vaya utilizando en pequeñas cantidades.

– No se quemarán productos tóxicos, inflamables, ni cualesquiera otros que puedan resultar molestos, nocivos o peligrosos.

– Cualesquiera otras circunstancias no recogidas en este Bando y que, de alguna manera, tiendan a garantizar la salud y seguridad públicas.

– Se procederá a la extinción de aquellas hogueras que cuenten únicamente con la presencia de menores de edad, salvo que se responsabilice de la misma alguna persona adulta.

Toda consecuencia que pueda derivarse de la no observancia de lo anterior, será asumida responsablemente por los causantes de tales actuaciones.

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